Consideramos suplidos: los gastos de fotocopias, recibos en papel, impresos oficiales, sobres, y franqueo. Normalmente se refieren a las copias de las actas y al envío de las convocatorias de Juntas.
Son gastos en los que incurre la comunidad y que la comunidad paga a sus proveedores directamente (papelería, fotocopistería y Correos), no los cobra el administrador, aunque el administrador se encargue de gestionarlo como cualquier otro servicio, con su correspondiente factura.