declaración de operaciones con terceras personas

El Real Decreto 828/2.013 establece que, las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal, conocidas comúnmente como Comunidades de Propietarios, están obligadas a elaborar y presentar ante Hacienda el Modelo 347, referente a  la declaración informativa anual de operaciones con terceras personas.

Antes de la aprobación del RD sólo las Comunidades de Propietarios que desarrollaban actividades profesionales, como arrendamientos, tenían obligación de presentar el modelo 347, además de presentar las declaraciones trimestrales y anual de IVA y del Modelo 184, referente a la declaración informativa anual para imputar el rendimiento neto de cada copropietario.

Desde el 1 de Enero de 2.014, TODAS las Comunidades de Propietarios, desarrollen o no actividades empresariales o profesionales, tendrán obligación de elaborar y presentar modelo 347, si realizan operaciones con terceras personas que en el año natural superen los 3.005,06€.

¿Qué operaciones con terceras personas quedan fuera este modelo 347 y por tanto, no se tendrán en cuenta para su elaboración, aunque la cifra supere los 3.005,06€?

  • El arrendamiento de la vivienda del portero.
  • Las de suministro de energía eléctrica.
  • Las de combustibles.
  • Las de suministro de agua.
  • Los Seguros.

La declaración del Modelo 347 deberá presentar a lo largo del mes de febrero del año siguiente.

El consejo desde Administrador de Fincas Online es que contrate a un administrador de fincas colegiado que este preparado para elaborar y presentar este impuesto ante Hacienda, bien sea la Agencia Tributaria o la Diputación Foral, nuestro despacho tiene profesionales fiscalistas especializados que le hará la vida más fácil a Ud. como vecino o presidente, sin tener que preocuparse por sanciones por presentarlo erróneamente.

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